Tema 11. La selección de personal temporal en el Servicio Andaluz de Salud. El Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad y la convocatoria sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud. Convocatoria del proceso de selección de personal temporal del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades Farmacia y Veterinaria.

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1. La selección de personal temporal en el Servicio Andaluz de Salud

La selección de personal estatutario temporal en el Servicio Andaluz de Salud se fundamenta en el Decreto 113/2002, de 9 de abril, que regula el acceso y provisión de puestos de trabajo de carácter temporal. Esta modalidad de empleo público responde a necesidades derivadas de vacantes no cubiertas por personal fijo, provisionales o estructurales temporales, proyectos de duración determinada, o sustituciones de titulares. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

📝 Naturaleza jurídica y régimen aplicable

La condición de personal estatutario temporal implica una relación de servicios regulada por el derecho público, no sujeta a la legislación laboral. Los profesionales seleccionados se incorporan mediante nombramiento y perciben retribuciones correspondientes a su grupo de clasificación profesional. La duración máxima de los nombramientos se establece por la normativa sectorial, aplicándose límites temporales estrictos que impiden la consolidación de expectativas de permanencia más allá de la duración legalmente prevista para la cobertura de la necesidad que motivó el acceso.

📋 Requisitos generales de acceso

Los aspirantes deben cumplir requisitos establecidos en la convocatoria específica y en la normativa de aplicación general:

  • Nacionalidad española o de otros estados miembros de la Unión Europea, o nacionalidad de terceros países con acuerdos de reciprocidad.
  • Titulación oficial exigida para la categoría profesional correspondiente, debiendo estar homologada cuando proceda de sistemas educativos extranjeros.
  • Capacidad funcional física y psíquica acorde con las funciones propias del puesto, acreditada mediante certificación médica.
  • No hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública ni separado del servicio de administraciones públicas mediante expediente disciplinario.
  • No estar condenado por sentencia firme que impida el acceso a la función pública.
  • No superar la edad máxima de jubilación forzosa en el momento de la finalización del plazo de duración del nombramiento proyectado.

🎯 Sistema selectivo y estructura del proceso

El sistema de selección adopta la modalidad de concurso-oposición, articulado en dos fases diferenciadas:

Fase Características Valoración máxima
Oposición Pruebas selectivas públicas para evaluar conocimientos teóricos y capacidades prácticas mediante ejercicios escritos, orales o prácticos Hasta 70 puntos
Concurso Valoración objetiva de méritos acreditados documentalmente relacionados con formación y experiencia profesional Hasta 30 puntos

La fase de oposición incluye ejercicios teóricos y/o prácticos según la categoría profesional. Para superar esta fase es necesario alcanzar la puntuación mínima establecida en la convocatoria, generalmente el cincuenta por ciento de la puntuación máxima atribuida a la misma. El tribunal calificador elabora una relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación. Los aspirantes seleccionados integran listas de espera o bolsas de trabajo ordenadas por puntuación final, siendo llamados conforme a las necesidades organizativas y territoriales de las entidades gestoras del Servicio Andaluz de Salud.

👥 Tribunal de selección

La composición del tribunal garantiza la presencia de vocales con competencias específicas en la materia profesional correspondiente y representantes de los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad. El Presidente del tribunal es el Director General de Recursos Humanos del Servicio Andaluz de Salud o persona en quien delegue formalmente. Los miembros actúan con imparcialidad y secreto en las deliberaciones, adoptando decisiones colegiadas sobre la admisión de candidatos, la calificación de ejercicios y la propuesta de nombramientos. El tribunal puede nombrar secretario entre sus miembros o personas ajenas al mismo.

📑 Efectos del nombramiento

El nombramiento de personal estatutario temporal genera derechos y obligaciones específicas:

  • Derechos: Percibir retribuciones integras correspondientes al grupo de clasificación, cotizar a la Seguridad Social, disfrutar de permisos y licencias, vacaciones e incapacidad temporal, y ejercer funciones propias de la categoría profesional.
  • Obligaciones: Cumplir el horario y régimen de dedicación establecidos, observar las normas de autoridad y subordinación, mantener el secreto profesional, y justificar documentalmente la ausencia de incompatibilidades.
  • Extinción: El nombramiento finaliza por expiración del plazo inicial o prorrogado, renuncia del interesado, pérdida de requisitos, resolución por incumplimiento disciplinario o finalización del proyecto o sustitución que motivó la cobertura. La prórroga del nombramiento requiere publicación específica de la relación de personal prorrogado.

🧠 Recuerda

  • El acceso al Servicio Andaluz de Salud como personal temporal se regula por el Decreto 113/2002, de 9 de abril.
  • La relación es de derecho público, no laboral, formalizada mediante nombramiento publicado en BOJA.
  • El sistema selectivo combina oposición (hasta 70 puntos) y concurso (hasta 30 puntos).
  • Los seleccionados ingresan en listas ordenadas por puntuación para cubrir necesidades puntuales de vacantes y sustituciones.
  • La duración está limitada temporalmente sin generar derecho a permanencia indefinida ni expectativas de consolidación.

2. El Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad y la convocatoria sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud

📋 Fundamento normativo y alcance

El Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de fecha 4 de noviembre de 2021 establece el sistema de selección de personal estatutario temporal para la provisión de puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud. Este acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 230 de 29 de noviembre de 2021. La convocatoria específica se materializó mediante Resolución de 30 de diciembre de 2021, publicada en el Diario Oficial de la Junta de Andalucía el 31 de diciembre de 2021.

El sistema constituye una bolsa única de empleo temporal que permite la contratación de personal estatutario temporal para cubrir necesidades de carácter transitorio en categorías de puestos básicos, garantizando la estabilidad en la contratación temporal y el acceso igualitario a las oportunidades de empleo público.

🏥 Categorías de puestos básicos incluidas

El acuerdo afecta a las siguientes categorías profesionales de puestos básicos:

  • Personal de Servicios Generales: incluye subcategorías de cocina, limpieza, mantenimiento y ropa.
  • Celadores: personal encargado de la atención a usuarios, traslado de pacientes y vigilancia en centros sanitarios.
  • Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE): personal sanitario con funciones de apoyo en cuidados directos.
  • Peones: personal de apoyo en tareas auxiliares no cualificadas específicamente.

📊 Estructura territorial de las bolsas

La gestión de las bolsas se organiza mediante la siguiente estructura desagregada:

Nivel de desagregación Criterio de división Función práctica
Categoría Grupo profesional específico Diferencia por cualificación y funciones
Provincia Territorio provincial de Andalucía Ámbito geográfico general de actuación
Área de referencia Distritos sanitarios y hospitales Ubicación concreta de la prestación laboral

Esta triple desagregación permite una contratación ágil adaptada a las necesidades puntuales de cada centro gestor.

📝 Requisitos de participación y méritos

Los aspirantes deben cumplir los requisitos generales de acceso al empleo público: nacionalidad de Estados miembros de la Unión Europea, mayores de dieciséis años, no inhabilitación para empleo público ni separación del servicio mediante expediente disciplinario, y poseer la titulación exigida para cada categoría (Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para Celador y TCAE).

El sistema de puntuación se articula mediante baremos objetivos:

  • Formación específica: hasta 5 puntos, valorando cursos relacionados con las funciones de la categoría.
  • Experiencia profesional: hasta 15 puntos, computando el trabajo efectivo en centros sanitarios públicos o privados en categorías equivalentes.
  • Otros méritos: valoración de conocimientos de idiomas y otras titulaciones complementarias.

⚙️ Funcionamiento y contratación

La inscripción en las bolsas requiere presentación de solicitud telemática acompañada de documentación acreditativa de los méritos alegados. La ordenación de candidatos se realiza por puntuación descendente en cada área de referencia.

Las bolsas se validan anualmente mediante resolución del Director General de Gestión del Servicio Andaluz de Salud, manteniéndose activas durante tres años desde su publicación. Los participantes deben actualizar sus datos y aportar nueva documentación de méritos obtenidos con posterioridad a la inclusión inicial.

La contratación se ejecuta conforme al orden de prelación establecido en la lista, respetando los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. El personal contratado adquiere la condición de personal estatutario temporal con los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, incluyendo la percepción de retribuciones según la categoría profesional asignada.

🧠 Recuerda

  • Norma clave: Acuerdo Mesa Sectorial Sanidad 4-11-2021 (BOJA 29-11-2021).
  • Categorías: Servicios Generales (cocina, limpieza, mantenimiento, ropa), Celador, TCAE y Peón.
  • Estructura: Bolsas desagregadas por categoría, provincia y área de referencia (distrito/hospital).
  • Puntuación máxima: 20 puntos totales (5 formación + 15 experiencia).
  • Titulación requerida: Graduado en ESO para Celador y TCAE.
  • Vigencia: Bolsas activas tres años con validación anual.
  • Actualización: Obligatoria de méritos y datos personales durante la vigencia.

3. Convocatoria del proceso de selección de personal temporal del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades Farmacia y Veterinaria

⚠️ Falta de documentación fuente

El desarrollo de este punto requiere necesariamente la consulta de la colección adjunta que contenga la normativa específica de la convocatoria del proceso de selección de personal temporal correspondiente al Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía para las especialidades de Farmacia y Veterinaria. Sin acceso a dicha documentación, no es posible determinar los detalles concretos de la convocatoria, incluyendo el número de plazas ofertadas, los requisitos específicos exigidos para cada especialidad, el sistema de selección aplicable, la composición del tribunal calificador, la estructura y contenido de las pruebas selectivas, ni el baremo de méritos utilizado para la valoración de candidatos.

📋 Estructura del punto a desarrollar

Una vez disponible la documentación convocatoria, este apartado deberá analizar necesariamente los siguientes elementos:

  • Normativa reguladora: Identificación exacta de la resolución u orden que convoca el proceso, su ámbito de aplicación dentro del Servicio Andaluz de Salud y la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
  • Plazas convocadas: Distinción entre el número de plazas ofertadas para la especialidad de Farmacia y para la especialidad de Veterinaria, especificando si se trata de puestos de carácter temporal y su distribución territorial.
  • Requisitos de participación: Condiciones generales de acceso al empleo público aplicables y requisitos específicos derivados de la naturaleza del Cuerpo Superior Facultativo, incluyendo la titulación universitaria exigible para cada especialidad.
  • Sistema de selección: Mecanismo utilizado para la elección de candidatos (concurso, concurso-oposición u otro sistema), con detalle de las fases del proceso y criterios de evaluación.
  • Tribunal calificador: Composición del órgano encargado de la selección, criterios de recusación y sustitución de miembros, y procedimiento de actuación.
  • Pruebas selectivas: Descripción de los ejercicios o pruebas que deberán superar los aspirantes, su ponderación y los conocimientos específicos de Farmacia o Veterinaria que se evaluarán.
  • Baremo de méritos: Sistema de puntuación de méritos acreditables, diferenciando entre formación, experiencia profesional y otros méritos valorables.

🔍 Diferenciación entre especialidades

Es fundamental que la redacción distinga claramente las particularidades de ambas especialidades facultativas:

Aspecto Farmacia Veterinaria
Titulación requerida Graduado en Farmacia o equivalente Licenciado en Veterinaria o equivalente
Ámbito específico Gestión farmacéutica, dispensación, control de medicamentos Sanidad animal, control higiénico-sanitario, inspección
Competencias particulares Prescripción y seguimiento farmacoterapéutico, análisis clínicos Inspección de establecimientos, control de zoonosis, seguridad alimentaria

🧠 Recuerda

  • Verificar siempre la normativa convocatoria específica publicada en el BOJA antes de preparar este punto
  • Distinguir las titulaciones universitarias exigidas para Farmacia (Grado en Farmacia) y Veterinaria (Licenciatura/Grado en Veterinaria)
  • Identificar si la convocatoria se rige por el Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad mencionado en el punto anterior del temario
  • Comprobar el número exacto de plazas convocadas para cada especialidad, ya que suelen publicarse convocatorias conjuntas pero con plazas diferenciadas

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