Titulación mínima
Certificado de Escolaridad o equivalente y permiso de conducir de clase B.
Permiso de conducir de clase B en vigor.
Título oficial del programa: Las funciones del/la celador/a-conductor/a, conforme a la Orden de la Consejería de Salud de 12 de junio de 1995, por la que se crea dicha categoría. Las modificaciones introducidas por la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 11 de noviembre de 1999.
Norma de creación. La Orden de la Consejería de Salud de 12 de junio de 1995 estableció formalmente la categoría profesional de Celador-Conductor en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud (SAS). Esta disposición, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 92, de 28 de junio de 1995, entró en vigor al día siguiente de su publicación. Su objetivo fue regularizar una figura ya existente en la práctica, especialmente en centros de atención primaria, donde se combinaban tareas de apoyo logístico y conducción.
Base normativa. Las funciones del Celador-Conductor se fundamentan en los artículos 13.9 y 14.2 del Estatuto de Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, aprobado por Orden de 5 de julio de 1971. Estos artículos definen las competencias genéricas de los celadores, como la custodia de instalaciones, el traslado de pacientes y materiales, y el apoyo a otros profesionales sanitarios. La Orden de 1995 incorpora estas funciones sin modificarlas, añadiendo únicamente las relacionadas con la conducción de vehículos.
Perfil profesional. El Celador-Conductor del SAS es una figura híbrida que desempeña, de forma indistinta, las funciones propias de un celador y las de conductor de vehículos sanitarios. Esta dualidad responde a la necesidad de optimizar recursos humanos en un contexto de expansión de la atención primaria y mayor demanda de movilidad entre centros sanitarios. La categoría no establece prioridad entre ambas vertientes, por lo que el profesional debe estar preparado para alternar entre ellas según las necesidades del servicio.
Requisito específico. Además de los requisitos generales para acceder a la categoría de celador, la Orden de 1995 exige la posesión del permiso de conducir de la categoría adecuada al tipo de vehículo asignado. Este requisito es esencial, ya que garantiza la capacidad del profesional para desempeñar las funciones de conducción con seguridad y eficacia. La normativa no especifica categorías concretas de permisos, dejando esta determinación a las necesidades operativas de cada centro o área sanitaria.
Ámbito de actuación. La categoría de Celador-Conductor se circunscribe al Servicio Andaluz de Salud, siendo una particularidad del sistema sanitario andaluz. Su creación formalizó una práctica ya extendida en centros de atención primaria, donde la combinación de funciones logísticas y de conducción resultaba especialmente útil. Esta figura no tiene equivalente en otros servicios de salud autonómicos, lo que subraya su carácter específico y adaptado a las necesidades organizativas de Andalucía.
Funciones principales. Las tareas del Celador-Conductor incluyen, por un lado, las propias de un celador: vigilancia y custodia de instalaciones, traslado de pacientes y materiales, apoyo en la movilización de enfermos, y colaboración con otros profesionales sanitarios. Por otro lado, asume la conducción de vehículos sanitarios, tanto para el transporte de pacientes como para el traslado de documentos, materiales o personal. La normativa no establece una separación rígida entre ambas funciones, permitiendo su desempeño flexible según las demandas del servicio.
Impacto organizativo. La creación de esta categoría permitió una mayor eficiencia en la gestión de recursos humanos, especialmente en zonas rurales o centros con menor dotación de personal. Al integrar dos perfiles en uno, el SAS pudo cubrir necesidades logísticas y de movilidad sin incrementar plantillas, optimizando así los costes y mejorando la coordinación entre tareas. Esta figura se convirtió en un elemento clave para garantizar la operatividad de los centros de atención primaria, donde la movilidad y el apoyo logístico son fundamentales.
Has leído la base del tema. En la demo puedes convertirlo en preguntas justificadas de Celador Conductor y repasar tus fallos.
Probar demo gratis con preguntas de este temaNormativa modificadora. La Orden de la Consejería de Salud y Familias de 11 de noviembre de 1999, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 141 de 29 de noviembre de 1999, introdujo cambios específicos en la regulación de la categoría de Celador-Conductor del Servicio Andaluz de Salud. Esta norma no creó una nueva categoría profesional, sino que ajustó el marco funcional existente para adaptarlo a las demandas emergentes del sistema sanitario público andaluz.
Objeto de la modificación. La reforma se centró exclusivamente en el artículo 3 de la Orden de 12 de junio de 1995, que regula las funciones del Celador-Conductor. El cambio consistió en incorporar una cláusula que amplía las competencias del puesto en el ámbito de la atención primaria, sin alterar las funciones básicas de celador y conductor establecidas en el Estatuto de Personal no Sanitario de 1971.
Contenido de la reforma. La modificación añadió la obligación de colaborar en tareas de recepción, información, archivo y registro en los centros de atención primaria de salud. Esta ampliación funcional no supuso la asunción de responsabilidades plenas en estas áreas, sino una participación complementaria en actividades de apoyo administrativo y atención básica al usuario, siempre bajo la supervisión del personal competente.
Ámbito de aplicación. Las nuevas funciones se circunscriben exclusivamente a los centros de atención primaria, donde el Celador-Conductor puede integrarse en labores como la orientación a pacientes, la gestión básica de documentación no clínica o el registro de entradas y salidas de documentos. Esta adaptación respondió al incremento de tareas administrativas en estos centros y a la necesidad de optimizar los recursos humanos disponibles.
Alcance jurídico. La reforma mantuvo la remisión a los artículos 13.9 y 14.2 del Estatuto de Personal no Sanitario, que regulan las funciones de celador y conductor respectivamente. La redacción modificada del artículo 3 dejó claro que las nuevas competencias se sumaban a las ya existentes, sin sustituirlas ni alterar su naturaleza. El uso del verbo "colaborarán" subraya el carácter auxiliar y no directivo de estas tareas.
Vigencia normativa. La modificación introducida por la Orden de 1999 sigue plenamente vigente en la actualidad. Aunque el Estatuto de Personal no Sanitario de 1971 ha sido objeto de actualizaciones en otras comunidades autónomas, en Andalucía no se ha producido una derogación expresa de las funciones atribuidas a los celadores y conductores. Por tanto, el texto consolidado del artículo 3 de la Orden de 1995, con la reforma de 1999, continúa rigiendo las competencias de esta categoría profesional.
Impacto organizativo. La reforma permitió una mayor flexibilidad en la asignación de tareas en los centros de salud, donde el Celador-Conductor puede desempeñar funciones de apoyo administrativo sin perder su perfil original. Esta adaptación ha facilitado una mejor respuesta a las necesidades logísticas y de atención al usuario en el primer nivel asistencial, optimizando la distribución de recursos humanos en el SAS.
Practica este tema de Celador Conductor con test por tema SAS, preguntas justificadas por tema y simulacros tipo examen. No son preguntas oficiales del SAS: son práctica privada de OposAs para estudiar con criterio.
Acceder a la demoHas visto un tema abierto completo. En la demo puedes comprobar cómo encajan el temario, las preguntas justificadas y los simulacros dentro de OposAs.
Qué vas a probar
La idea no es solo leer un tema: es estudiar con continuidad y comprobar cómo se relaciona con el resto de herramientas.
Verás explicaciones de la correcta y de las incorrectas para estudiar con más criterio, no solo para memorizar.
Con tu nombre y tu email, eliges categoría y te enviamos el acceso por correo sin compromiso.
Solo tu email, tu nombre y apellidos (si quieres), elige categoría y prueba antes de decidir. Es gratis.
El acceso llega por email. Si usas Hotmail, Outlook, Live, MSN o Yahoo, revisa tambien Spam o Correo no deseado.
Despues de pulsar, mira tu correo. El enlace dura 1 hora.
Revisa tambien Spam o Correo no deseado.
Hemos enviado el enlace a . Abrelo antes de 1 hora. Si usas Hotmail, Outlook, Live, MSN o Yahoo, mira primero en Correo no deseado.
Estos son los requisitos principales para Celador Conductor. OposAs resume los requisitos principales para orientarte; la convocatoria oficial vigente es siempre la referencia válida.
Certificado de Escolaridad o equivalente y permiso de conducir de clase B.
Permiso de conducir de clase B en vigor.
Contrasta el resumen antes de inscribirte.
Consulta siempre la convocatoria oficial vigente antes de inscribirte.
Fuera del código también hay música, discos y radio. La misma forma de hacer las cosas: con alma, pasión y criterio.
OposAs nació preparando una oposición del SAS y se ha convertido en una forma de practicar test, corregir fallos y estudiar con explicaciones claras.
OposAs está pensado para practicar test y aprender mientras corriges, sin tragarte textos interminables antes de empezar. Cuando fallas, la justificación te ayuda a entender la correcta y, sobre todo, las incorrectas: ahí suele estar el aprendizaje.
No hay una empresa detrás. Hay una persona que construyó desde cero una herramienta para que estudiar no se convierta en algo pesado, sino en un proceso más claro, practicable y llevadero.
De opositor a opositor, Serafín.