Titulación mínima
Certificado de Escolaridad o equivalente y permiso de conducir de clase B.
Permiso de conducir de clase B en vigor.
Título oficial del programa: Inspección Técnica de Vehículos (ITV): inspecciones periódicas, resultado de las inspecciones, reformas de importancia. Frecuencia de las inspecciones. Organismos encargados. La inspección técnica periódica. Características técnicas, equipamiento sanitario y dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
Finalidad de la ITV. La Inspección Técnica de Vehículos tiene como objetivo garantizar que los vehículos que circulan por las vías públicas cumplen con las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en la normativa. Esta inspección contribuye a reducir los riesgos asociados a la circulación, protegiendo tanto a los ocupantes del vehículo como a otros usuarios de la vía y al medio ambiente. La ITV evalúa aspectos como el estado de los frenos, la dirección, la suspensión, los neumáticos, el alumbrado y las emisiones contaminantes.
Inspecciones periódicas. Las inspecciones periódicas son revisiones obligatorias que deben realizarse en intervalos establecidos por la normativa. Su periodicidad varía en función del tipo de vehículo, su antigüedad y su uso. Estas inspecciones verifican que el vehículo mantiene las condiciones técnicas y de seguridad con las que fue matriculado, asegurando que no se han producido deterioros o modificaciones no autorizadas que puedan comprometer su funcionamiento seguro.
Clasificación de los resultados. Los resultados de la ITV se clasifican en tres categorías según la gravedad de los defectos detectados. Un resultado favorable indica que el vehículo cumple con todos los requisitos y puede circular sin restricciones. Un resultado desfavorable se emite cuando se detectan defectos graves que afectan a la seguridad o al medio ambiente, impidiendo la circulación hasta su subsanación. Un resultado negativo se produce cuando los defectos son muy graves, representando un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial o el medio ambiente, y el vehículo no puede circular bajo ninguna circunstancia.
Reformas de importancia. Se consideran reformas de importancia aquellas modificaciones que alteran las características técnicas del vehículo o sus requisitos reglamentarios, como cambios en la carrocería, la instalación de nuevos sistemas de propulsión o la modificación de la suspensión. El Real Decreto 866/2010 establece que estas reformas deben ser tipificadas y documentadas, y el vehículo debe someterse a una inspección técnica específica en un plazo máximo de quince días desde su ejecución. Esta inspección verifica que la reforma se ha realizado conforme a la normativa y que el vehículo sigue cumpliendo los requisitos aplicables.
Diferencia entre reforma y reparación. Es fundamental distinguir entre una reforma y una reparación. Mientras que una reparación consiste en devolver al vehículo a su estado original sustituyendo un componente dañado por otro equivalente, una reforma implica una modificación de sus características técnicas o funcionales. Por ejemplo, cambiar un faro por otro del mismo modelo y especificaciones se considera una reparación, mientras que instalar un sistema de iluminación distinto al original se considera una reforma y requiere inspección específica.
Tramitación de las reformas. El proceso de tramitación de una reforma comienza con la identificación de la modificación en el Manual de Reformas de Vehículos, que clasifica las reformas y establece los requisitos técnicos y documentales necesarios. El titular del vehículo debe presentar la documentación técnica que acredite la conformidad de la reforma con la normativa aplicable. Tras la ejecución de la reforma, el vehículo debe ser presentado en una estación ITV para su inspección, donde se verificará que la modificación cumple con los requisitos reglamentarios.
Efectos de las reformas en la ITV. Las reformas de importancia no sustituyen a la ITV periódica, sino que se añaden como una inspección específica dentro del ciclo ordinario. Si la inspección de reforma es favorable, se diligencia la tarjeta ITV o se expide una nueva, reflejando los cambios realizados. Sin embargo, el vehículo sigue estando sujeto a las inspecciones periódicas según su calendario establecido, independientemente de las reformas realizadas.
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Probar demo gratis con preguntas de este temaNormativa reguladora. La frecuencia de las inspecciones técnicas de vehículos en España se rige principalmente por el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, que establece los plazos para la realización de las ITV. Esta norma es de aplicación obligatoria para todos los vehículos, incluidos los destinados al transporte sanitario, y su objetivo es garantizar la seguridad vial y la adecuación a los estándares ambientales.
Periodicidad general para vehículos sanitarios. Los vehículos de transporte sanitario, tanto asistenciales como no asistenciales, deben someterse a la ITV con una frecuencia anual durante los primeros 5 años desde su primera matriculación. Esta periodicidad se justifica por la necesidad de verificar el correcto estado de los sistemas de seguridad, el equipamiento sanitario y las condiciones técnicas del vehículo, que pueden verse afectadas por un uso intensivo.
Frecuencia reforzada a partir de los 5 años. Una vez superados los 5 años desde la matriculación, la periodicidad de las inspecciones se incrementa a semestral, es decir, cada 6 meses. Este cambio responde a tres factores clave: el desgaste acelerado por el uso intensivo, la necesidad de garantizar la seguridad de pacientes y personal sanitario, y la verificación continua del equipamiento especializado, como sistemas de oxigenoterapia o camillas.
Justificación del régimen diferenciado. La normativa establece una frecuencia más exigente para los vehículos sanitarios debido a su papel crítico en el sistema de salud. Estos vehículos circulan con mayor frecuencia, realizan trayectos cortos con paradas frecuentes y utilizan sistemas de alumbrado y señalización prioritaria, lo que acelera el deterioro de componentes mecánicos y eléctricos. Además, cualquier fallo técnico puede comprometer la atención sanitaria y la seguridad de los ocupantes.
Tipos de vehículos sanitarios en el SAS. En el Servicio Andaluz de Salud (SAS), los vehículos de transporte sanitario se clasifican en dos categorías principales: ambulancias no asistenciales (para traslados programados sin atención médica durante el trayecto) y ambulancias asistenciales (equipadas para atención médica urgente). Ambas categorías están sujetas a la misma periodicidad de inspección, aunque las asistenciales requieren una verificación más exhaustiva de su equipamiento sanitario.
Inspección técnica y equipamiento sanitario. Además de los aspectos técnicos generales (frenos, dirección, emisiones, etc.), las ITV de vehículos sanitarios incluyen la comprobación del equipamiento sanitario obligatorio. Esto abarca camillas, sistemas de oxigenoterapia, desfibriladores, material de inmovilización y otros dispositivos médicos, cuya operatividad es esencial para la prestación del servicio. La normativa específica que regula estos requisitos es el Real Decreto 836/2012.
Consecuencias del incumplimiento. La falta de inspección técnica en los plazos establecidos constituye una infracción administrativa y puede dar lugar a sanciones. Además, circular sin la ITV en vigor inhabilita al vehículo para prestar servicio, lo que afectaría directamente a la operatividad del SAS. Por ello, la gestión de las inspecciones es una responsabilidad clave para los conductores y gestores de la flota sanitaria.
Definición y estructura competencial. Los organismos encargados de la ITV son las entidades responsables de garantizar que los vehículos que circulan por las vías públicas cumplen los requisitos técnicos de seguridad vial y protección medioambiental. Este sistema se organiza en tres niveles competenciales: el nivel estatal, encargado de la regulación básica y la coordinación general; el nivel autonómico, responsable de la ejecución y supervisión territorial; y el nivel colaborador, integrado por las estaciones ITV que realizan las inspecciones materiales. Esta distribución se rige por el principio constitucional de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas [1].
Nivel estatal. El Estado, a través de la normativa básica, establece el marco jurídico general que regula la ITV en todo el territorio nacional. El Real Decreto 920/2017 es la norma principal que define las condiciones técnicas, los procedimientos de inspección y las competencias de los distintos niveles administrativos. Además, el Estado se encarga de la coordinación general del sistema, asegurando la homogeneidad en los criterios de inspección y la interoperabilidad entre las distintas Comunidades Autónomas [1].
Nivel autonómico en Andalucía. En Andalucía, la competencia ejecutiva sobre la ITV corresponde a la Consejería de Industria, Energía y Minas, que actúa como organismo autonómico con plenas atribuciones en materia de habilitación, supervisión y control de las estaciones ITV. Esta Consejería es responsable de dictar la normativa autonómica de desarrollo del Real Decreto 920/2017, adaptándola a las particularidades de la comunidad autónoma. Asimismo, le corresponde otorgar las habilitaciones administrativas para la apertura y funcionamiento de las estaciones ITV, sin las cuales ninguna estación puede iniciar su actividad [2].
Funciones de la Consejería de Industria, Energía y Minas. Entre las funciones clave de este organismo autonómico destacan la planificación territorial de las estaciones ITV, que incluye determinar el número mínimo de estaciones, su distribución geográfica y su capacidad para atender la demanda. También aprueba las tarifas máximas que pueden cobrar las estaciones por sus servicios, publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Además, supervisa y controla el funcionamiento de las estaciones, pudiendo suspender o retirar la habilitación en caso de incumplimiento de los requisitos establecidos [2].
Estaciones ITV como nivel colaborador. Las estaciones ITV son entidades privadas o públicas que, una vez habilitadas por la Consejería competente, realizan materialmente las inspecciones técnicas de los vehículos. Estas estaciones deben cumplir con los requisitos técnicos y de personal establecidos en la normativa, y están sujetas a la supervisión continua de la administración autonómica. Su función es verificar que los vehículos cumplen las condiciones de seguridad vial y protección medioambiental, emitiendo los correspondientes informes de inspección [1].
Relevancia en el transporte sanitario. En el ámbito del transporte sanitario, los organismos encargados de la ITV adquieren una importancia especial, ya que los vehículos destinados a este servicio deben someterse a inspecciones técnicas específicas. Estas inspecciones no solo verifican el estado general del vehículo, sino también el equipamiento sanitario y las adaptaciones necesarias para su función. Para los celadores conductores del Servicio Andaluz de Salud (SAS), es fundamental conocer la estructura y competencias de estos organismos, ya que su labor profesional está directamente relacionada con la gestión y mantenimiento de vehículos sanitarios sujetos a la ITV [3].
Marco normativo aplicable. La distribución de competencias y el funcionamiento del sistema de ITV se rigen principalmente por el Real Decreto 920/2017, que transpone la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. Esta normativa establece los criterios técnicos, los procedimientos de inspección y las obligaciones de los distintos organismos implicados, asegurando que el sistema sea homogéneo y eficaz en todo el territorio nacional [6].
Definición y objetivo. La inspección técnica periódica (ITV) es un control técnico obligatorio que evalúa el estado de los vehículos para asegurar que cumplen con los requisitos de seguridad vial y protección ambiental. Su objetivo principal es reducir el riesgo de accidentes por fallos mecánicos y garantizar que los vehículos no superan los límites de emisiones contaminantes. Este procedimiento es aplicable a todos los vehículos matriculados en España, incluyendo los de uso sanitario.
Normativa aplicable. La ITV se regula principalmente por el Real Decreto 920/2017, que establece las condiciones, periodicidad y procedimientos de la inspección. Además, los vehículos sanitarios deben cumplir con el Real Decreto 836/2012, que define las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal. Estas normas aseguran que los vehículos destinados al transporte sanitario mantengan condiciones óptimas para su función.
Procedimiento en el SAS. El Servicio Andaluz de Salud (SAS) gestiona las inspecciones de su flota de vehículos sanitarios a través de VEIASA, la entidad encargada de las estaciones ITV en Andalucía. El proceso comienza con la solicitud de cita previa, donde se indica que el vehículo es de uso sanitario. Durante la inspección, se verifica tanto el estado general del vehículo (frenos, alumbrado, emisiones, etc.) como los requisitos específicos del equipamiento sanitario (desfibriladores, respiradores, señalización acústica y luminosa, etc.).
Documentación requerida. Para realizar la inspección, el SAS debe presentar la documentación obligatoria, que incluye el permiso de circulación del vehículo, la tarjeta de inspección técnica anterior (si la hubiera), el certificado de homologación como vehículo sanitario y la documentación específica del equipamiento médico. Esta documentación es esencial para validar que el vehículo cumple con los requisitos legales y técnicos.
Fases de la inspección. La inspección técnica periódica se divide en varias fases. En primer lugar, se realiza una verificación visual y documental. A continuación, se emplean equipos especializados, como frenómetros o analizadores de gases, para evaluar el estado mecánico y ambiental del vehículo. En el caso de las ambulancias, se comprueba además el correcto funcionamiento del equipamiento sanitario y los sistemas de emergencia, como luces y sirenas.
Resultados y consecuencias. El resultado de la inspección puede ser favorable, desfavorable o negativo. Un resultado favorable permite la circulación del vehículo, mientras que un resultado desfavorable implica que el vehículo debe someterse a reparaciones y pasar una nueva inspección en un plazo determinado. Un resultado negativo impide la circulación hasta que se subsanen los defectos. Estos resultados se registran en la tarjeta ITV y en el Registro de Vehículos.
Defectos y calificación. Los defectos detectados durante la inspección se clasifican en leves, graves o muy graves. Los defectos leves no impiden la obtención de un resultado favorable, pero deben corregirse. Los defectos graves o muy graves conllevan un resultado desfavorable o negativo, respectivamente, y requieren reparaciones inmediatas. En vehículos sanitarios, los defectos en el equipamiento médico o en los sistemas de seguridad pueden tener consecuencias graves para la operatividad del servicio.
Mantenimiento preventivo. La inspección técnica periódica no sustituye el mantenimiento preventivo que debe realizar el SAS en su flota. Este mantenimiento incluye revisiones periódicas en talleres autorizados para garantizar que los vehículos se encuentren en óptimas condiciones entre inspecciones. Un buen mantenimiento reduce la probabilidad de defectos graves durante la ITV y prolonga la vida útil de los vehículos.
Normativa reguladora. El marco normativo que define las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera es el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo. Esta norma derogó el anterior Real Decreto 619/1998 y fue modificada por el Real Decreto 22/2014 para adaptarse a las necesidades actuales del sistema sanitario. Su ámbito de aplicación incluye todos los vehículos de transporte sanitario en España, tanto de titularidad pública como privada, y es de obligado cumplimiento para el Servicio Andaluz de Salud (SAS).
Clasificación de vehículos. El Real Decreto 836/2012 establece cuatro clases de ambulancias: A1 (transporte no asistencial para un paciente), A2 (transporte no asistencial para más de un paciente), B (soporte vital básico) y C (soporte vital avanzado). Cada clase tiene requisitos específicos de equipamiento, señalización y dotación de personal. Esta clasificación es independiente pero complementaria a las exigencias de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), ya que se centra en aspectos sanitarios y asistenciales.
Norma técnica aplicable. Además de la normativa estatal, los vehículos de transporte sanitario deben cumplir con la norma UNE-EN 1789:2007+A1:2010, que define requisitos detallados para cada clase de ambulancia. Esta norma europea regula aspectos como las dimensiones mínimas del habitáculo, la ergonomía para el personal sanitario, los sistemas de oxigenoterapia y aspiración, y las pruebas de resistencia y seguridad. En Andalucía, el SAS exige que los vehículos de su flota cumplan también con los protocolos del Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias (PAUE), que incluyen mantenimiento preventivo y protocolos de limpieza y desinfección.
Equipamiento sanitario obligatorio. El equipamiento varía según la clase de ambulancia, pero debe garantizar la asistencia inmediata y el mantenimiento de las funciones vitales. El Anexo I del Real Decreto 836/2012 detalla el material mínimo exigible, que incluye un botiquín de primeros auxilios conforme al Real Decreto 486/2010, un sistema de oxigenoterapia con botellas de al menos 400 litros para las clases A1 y A2, y camillas adaptadas a cada tipo de vehículo. Las ambulancias de soporte vital avanzado (clase C) deben contar con equipamiento para reanimación y tratamiento de pacientes críticos, como desfibriladores, monitores y respiradores.
Dotación de personal. La dotación mínima de personal también está regulada por el Real Decreto 836/2012 y varía según la clase de ambulancia. Las ambulancias no asistidas (A1 y A2) no requieren personal sanitario durante el traslado, mientras que las de soporte vital básico (B) deben ir dotadas al menos por dos técnicos en emergencias sanitarias (TES). Las ambulancias de soporte vital avanzado (C), conocidas como UVI-móviles, deben contar con un médico, un enfermero y un técnico en emergencias sanitarias, para garantizar una atención especializada durante el transporte de pacientes críticos.
Requisitos técnicos y de seguridad. Además del equipamiento sanitario, los vehículos deben cumplir con requisitos técnicos específicos, como sistemas de sujeción de pacientes y material, iluminación adecuada en el habitáculo y sistemas de comunicación con los centros sanitarios. La norma UNE-EN 1789:2007+A1:2010 también establece pruebas de resistencia a impactos y vibraciones para garantizar la seguridad tanto del paciente como del personal sanitario. En Andalucía, el SAS integra estos vehículos en su sistema de información sanitaria, como Diraya, para asegurar la trazabilidad y coordinación asistencial.
Protocolos adicionales en Andalucía. El Servicio Andaluz de Salud exige que los vehículos de su flota cumplan con protocolos adicionales de calidad y seguridad. Estos incluyen revisiones periódicas del equipamiento médico, protocolos específicos de limpieza y desinfección para prevenir infecciones nosocomiales, y la integración con los sistemas de información sanitaria. Estos requisitos buscan garantizar la eficiencia y seguridad en la atención sanitaria durante el transporte, alineándose con los estándares del Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias.
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De opositor a opositor, Serafín.