Titulación mínima
Certificado de Escolaridad o equivalente y permiso de conducir de clase B.
Permiso de conducir de clase B en vigor.
Título oficial del programa: Atención del/la celador/a en los centros sanitarios (II). El/la celador/a en las Unidades de Hospitalización, en el Bloque Quirúrgico y en las Unidades de Cuidados Críticos y Urgencias de los centros hospitalarios. Actuación con los pacientes fallecidos, en las Salas de Autopsias y en los Mortuorios.
Marco normativo. La atención del celador en los centros sanitarios del SAS se regula principalmente por la Orden de 5 de julio de 1971, que aprueba el Estatuto de Personal No Sanitario de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social. Esta norma define las funciones genéricas del celador, incluyendo el traslado de pacientes, el apoyo a personal sanitario y el mantenimiento del orden en las instalaciones. La Orden de 12 de junio de 1995 crea específicamente la categoría de Celador-Conductor en el SAS, ampliando sus competencias para incluir la conducción de vehículos sanitarios [3].
Funciones asistenciales. El celador del SAS desempeña un papel clave en la atención directa al paciente, especialmente en tareas de movilización y traslado. Su labor incluye el acompañamiento de enfermos entre unidades, la colocación en camas o mesas de exploración, y la colaboración con el personal sanitario en procedimientos que requieran apoyo físico. En el ámbito de la atención primaria, la Orden de 11 de noviembre de 1999 amplía sus funciones para incluir tareas de recepción, información, archivo y registro, garantizando la operatividad de los centros [3].
Organización en el SAS. El Celador-Conductor puede estar adscrito a una unidad específica, como Farmacia, Almacén o Consultas Externas, o rotar entre diferentes servicios según las necesidades asistenciales. La distribución de tareas y la adscripción corresponden al Jefe de Personal Subalterno o al responsable de área de cada centro. Esta flexibilidad permite adaptar su labor a las demandas cambiantes de los hospitales y centros de salud, asegurando un apoyo logístico eficiente [3].
Ámbito de actuación. El SAS estructura su actividad asistencial en hospitales, centros de atención primaria y otras instituciones sanitarias distribuidas por toda Andalucía. En todos estos ámbitos, el celador actúa como figura de apoyo transversal, facilitando el funcionamiento del sistema sanitario. Su presencia es especialmente relevante en unidades con alta demanda de movilización de pacientes, como Urgencias, Bloque Quirúrgico o Unidades de Cuidados Críticos, donde su labor contribuye a la agilidad y seguridad de los procesos asistenciales [3].
Protocolo y procedimientos. El SAS ha desarrollado protocolos específicos para estandarizar la actuación del celador en los centros sanitarios. Estos protocolos incluyen directrices para el traslado seguro de pacientes, el uso de equipos de movilización, y la colaboración con otros profesionales sanitarios. La aplicación de estos procedimientos garantiza la calidad asistencial y la seguridad del paciente, alineándose con la normativa estatal y autonómica que regula la actividad sanitaria [8].
Formación y competencias. Aunque el RAG no detalla programas formativos específicos, el celador del SAS debe contar con las competencias necesarias para desempeñar sus funciones con eficacia. Esto incluye conocimientos básicos de movilización de pacientes, bioseguridad y manejo de equipos, así como habilidades para la comunicación y el trabajo en equipo. La formación continua es clave para adaptarse a los protocolos actualizados y a las necesidades cambiantes de los centros sanitarios [8].
Relación con otras categorías. El celador colabora estrechamente con otras categorías profesionales del SAS, como enfermeros, auxiliares de enfermería y técnicos sanitarios. Su labor de apoyo logístico y asistencial es complementaria, facilitando la coordinación entre unidades y optimizando los recursos disponibles. Esta interacción es especialmente relevante en áreas como Urgencias o Bloque Quirúrgico, donde la sincronización entre profesionales es crítica para la atención al paciente [8].
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Probar demo gratis con preguntas de este temaBase normativa. Las funciones del celador en el SAS se fundamentan en el artículo 14.2 de la Orden de 5 de julio de 1971, que regula el Estatuto de Personal No Sanitario. Esta norma, vigente funcionalmente, define sus competencias en traslados, movilización de pacientes y apoyo logístico, excluyendo cualquier intervención clínica. La Orden de 12 de junio de 1995 amplía estas funciones para el celador-conductor, incorporando tareas de transporte sanitario y colaboración en atención primaria.
Unidades de hospitalización. En estas áreas, el celador realiza traslados intrahospitalarios de pacientes, tanto en camilla como en silla de ruedas, asegurando su comodidad y seguridad. También se encarga de la movilización de encamados, incluyendo cambios de postura, aseo básico y colocación de cuñas. Otra función clave es el control de visitas, verificando horarios y autorizaciones, así como la gestión de comunicaciones entre pacientes y personal sanitario. Está prohibido informar sobre diagnósticos, tratamientos o pronósticos, tarea reservada exclusivamente al personal facultativo.
Bloque quirúrgico. En este entorno, el celador traslada al paciente con su historia clínica hasta el quirófano, comprobando su identidad y documentación. Colabora en la colocación del paciente en la mesa quirúrgica, siguiendo las indicaciones del equipo sanitario. Durante la intervención, permanece en el antequirófano para asistir en lo necesario, como el traslado a la unidad de reanimación postoperatoria. También se encarga del transporte de muestras biológicas y del cumplimiento estricto de protocolos de asepsia e indumentaria, como el uso de batas y calzado esterilizados.
Unidades de cuidados críticos. En áreas como UCI, UVI o unidades de grandes quemados, el celador actúa con máxima precaución debido a la gravedad de los pacientes. Los traslados internos o externos (para pruebas diagnósticas) se realizan bajo supervisión sanitaria, ya que los pacientes pueden requerir monitorización continua o soporte vital. La movilización de pacientes debe evitar comprometer dispositivos médicos como catéteres o respiradores. Además, controla el acceso a la unidad, limitando visitas y reduciendo el ruido para garantizar un entorno tranquilo y seguro.
Urgencias. En este servicio, el celador recibe a los pacientes, colaborando en su clasificación inicial y traslado a las áreas correspondientes. Asiste al equipo sanitario en la movilización de pacientes, especialmente en casos de descompensación o emergencia. También gestiona el transporte de muestras y documentación clínica, asegurando su correcta identificación y entrega. Otra función relevante es el control de accesos, evitando aglomeraciones y garantizando la privacidad de los pacientes. Su actuación contribuye a mantener el orden y la eficiencia en un entorno de alta demanda.
Celador-conductor. En el SAS, esta figura combina las funciones generales del celador con responsabilidades de transporte sanitario. Conduce vehículos no medicalizados para el traslado de pacientes entre centros o a domicilio, asegurando su comodidad y seguridad durante el trayecto. También colabora en la carga y descarga de pacientes, utilizando técnicas de movilización seguras. El mantenimiento básico del vehículo, como la verificación de niveles y equipamiento, es otra de sus competencias clave.
Prohibiciones y límites. El celador no puede realizar tareas clínicas, como administrar medicación, tomar constantes vitales o interpretar resultados médicos. Tampoco está autorizado a informar a pacientes o familiares sobre aspectos diagnósticos o pronósticos. Su actuación se limita a funciones logísticas, de apoyo y de control, siempre bajo la supervisión del personal sanitario.
Marco normativo autonómico. En Andalucía, el Decreto 95/2001 regula la Policía Sanitaria Mortuoria, estableciendo los procedimientos para el tratamiento de cadáveres, traslados y requisitos en mortuorios. Esta norma es de aplicación obligatoria en los centros del SAS y define el marco legal en el que se enmarca la actuación del celador conductor, evitando prácticas improvisadas o basadas en costumbres locales.
Funciones del celador conductor. Según la Orden de 12 de junio de 1995, el celador conductor del SAS tiene entre sus competencias el traslado de cadáveres y la colaboración en autopsias. Su intervención se limita a tareas auxiliares, como la preparación del cadáver, el transporte al mortuorio o sala de autopsias, y la limpieza de instrumental no quirúrgico, siempre bajo supervisión del personal sanitario responsable.
Protocolo de actuación postmortem. El SAS dispone de un Protocolo de Actuación ante el Fallecimiento en Centros Sanitarios, actualizado en 2022, que detalla los pasos desde la certificación del éxitus hasta el traslado al mortuorio. Este documento incluye la obligación de notificar el fallecimiento a servicios como Admisión, Farmacia y Cocina, así como el procedimiento para el amortajamiento y la identificación del cadáver mediante sistemas como el módulo de fallecimientos del Sistema Diraya.
Bioseguridad en mortuorios. La Guía de Bioseguridad en Mortuorios y Salas de Autopsias del SAS establece los EPI obligatorios para el personal, que incluyen guantes de nitrilo, mascarillas FFP2/FFP3, batas impermeables, protección ocular y calzado de goma. Estas medidas son especialmente relevantes en el manejo de cadáveres con enfermedades infecciosas, donde se aplican protocolos específicos de limpieza y desinfección de cámaras frigoríficas y superficies.
Derechos de la familia. La Ley 2/2010 de Muerte Digna de Andalucía integra principios éticos y legales en el trato al cadáver, como el derecho de la familia a solicitar la presencia de un representante religioso durante el amortajamiento. Además, prohíbe la realización de autopsias clínicas sin consentimiento familiar, salvo en casos de interés científico o legal, garantizando así el respeto a las voluntades del paciente y sus allegados.
Colaboración en autopsias. En las salas de autopsias, el celador conductor puede desempeñar funciones de apoyo logístico, como el traslado del cadáver desde el mortuorio hasta la sala, la preparación del material necesario o la limpieza posterior. Sin embargo, su participación se circunscribe a tareas materiales, sin intervenir en el estudio autópsico, que corresponde exclusivamente a médicos anatomopatólogos.
Formación y protocolos internos. El SAS imparte formación continua a los celadores conductores en áreas como movilización de cadáveres, uso de EPI y aplicación de protocolos de bioseguridad. Estos cursos aseguran que el personal conozca los circuitos establecidos en cada centro, que pueden incluir variaciones según las características del hospital, pero siempre alineados con la normativa autonómica y los estándares del servicio.
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De opositor a opositor, Serafín.