Titulación mínima
Título de Técnico Superior (FP Grado Superior), Bachiller Superior, BUP, FP2 o equivalente.
Título oficial del programa: Gestión presupuestaria (I). La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Ley de Presupuestos: estructura y aspectos generales del contenido. Competencias de las Agencias Administrativas.
Marco normativo. La gestión presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía se articula en torno a dos instrumentos normativos complementarios. El Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHPA), aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, actúa como norma permanente que regula los principios generales, la estructura presupuestaria, los procedimientos de elaboración y ejecución, y los mecanismos de control. Su vigencia no está limitada a un ejercicio concreto, sino que establece el régimen jurídico estable para toda la actividad financiera autonómica.
Ley de Presupuestos anual. La Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobada anualmente, materializa la aplicación del TRLGHPA para un ejercicio económico determinado. Esta norma concreta los créditos presupuestarios, las previsiones de ingresos y los objetivos de política económica y social. Para el año 2026, la Ley 8/2025 regula directamente la actividad presupuestaria del Servicio Andaluz de Salud (SAS), integrando sus créditos en el estado de gastos autonómico.
Integración del SAS. El SAS, como agencia administrativa adscrita a la Consejería de Salud y Familias, se somete al mismo régimen presupuestario, económico-financiero, contable y de control que la Administración de la Junta de Andalucía. Esta equiparación se deriva del artículo 65 de la Ley 9/2007 y del artículo 15 del TRLGHPA, que atribuyen a las agencias administrativas competencias financieras específicas, como la elaboración de su anteproyecto de gastos y la gestión de sus derechos económicos.
Financiación del SAS. La actividad del SAS se financia fundamentalmente a través del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los créditos asignados al SAS en el estado de gastos cubren partidas como personal, farmacia, inversiones hospitalarias y conciertos sanitarios. Además, el SAS recibe fondos estatales, como el Fondo de Cohesión Sanitaria, y fondos europeos, como los FEDER. También genera ingresos propios mediante tasas por servicios sanitarios no cubiertos por el sistema público, como certificados médicos.
Estructura organizativa. La gestión presupuestaria del SAS se estructura en torno a varios órganos clave. La Dirección General de Presupuestos y Financiación Sanitaria es responsable de la planificación y ejecución presupuestaria. Los centros sanitarios, como hospitales y distritos, gestionan sus propios presupuestos dentro de los límites establecidos por la Dirección General. La Intervención General de la Junta de Andalucía realiza el control interno de la ejecución presupuestaria, garantizando el cumplimiento de la legalidad y la eficacia en el uso de los recursos.
Competencias financieras. El SAS, como agencia administrativa, tiene atribuidas competencias financieras específicas. Estas incluyen la elaboración de su anteproyecto de estado de gastos, la administración y gestión de sus derechos económicos, la aprobación de actos que impliquen gasto, y la ordenación de pagos. Cuando una norma exija autorización previa del Consejo de Gobierno, el SAS debe elevar los actos correspondientes por conducto de la Consejería de adscripción.
Procedimientos de ejecución. La ejecución del presupuesto en el SAS sigue los procedimientos establecidos en el TRLGHPA y en la Ley de Presupuestos anual. Esto incluye la contratación pública, regulada por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, y las instrucciones internas del SAS. La gestión del gasto debe ajustarse a los principios de especialidad de crédito, anualidad y control interno, garantizando la transparencia y la sostenibilidad financiera.
Has leído la base del tema. En la demo puedes convertirlo en preguntas justificadas de Administrativo y repasar tus fallos.
Probar demo gratis con preguntas de este temaNorma permanente. El Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHPJA), aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, constituye la norma básica del régimen financiero y presupuestario de la Comunidad Autónoma. Su vigencia es permanente y establece los principios, competencias y procedimientos que rigen la actividad financiera de la Junta de Andalucía, incluyendo la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto.
Norma anual. La Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía se aprueba cada año y tiene una vigencia limitada al ejercicio económico correspondiente. Su función es concretar los créditos presupuestarios, las previsiones de ingresos y las reglas específicas para ese periodo. La Ley 8/2025, del Presupuesto para 2026, es un ejemplo de esta norma anual, que incluye los estados de gastos e ingresos aplicables durante ese año.
Ámbito subjetivo. El TRLGHPJA define el perímetro presupuestario de la Junta de Andalucía, que comprende los estados de gastos e ingresos de la Administración de la Junta, las agencias administrativas y de régimen especial, determinadas agencias públicas empresariales, instituciones y consorcios. El Servicio Andaluz de Salud (SAS) está incluido en este ámbito por su condición de agencia administrativa, lo que implica su sujeción a las reglas presupuestarias establecidas en esta norma.
Estructura del TRLGHPJA. El Texto Refundido se organiza en un título preliminar y siete títulos materiales. El Título I regula el régimen de la Hacienda de la Junta de Andalucía, incluyendo los recursos, la gestión del patrimonio y la distribución de competencias entre la Consejería de Hacienda, las Consejerías y las agencias administrativas. Los títulos siguientes abordan el régimen presupuestario, la gestión del gasto público, la tesorería, el endeudamiento, la contabilidad y el control interno y externo.
Estructura de la Ley de Presupuestos. La Ley de Presupuestos se compone de una exposición de motivos, artículos y anexos. Los artículos aprueban los estados de ingresos y gastos, distribuyen los créditos por secciones presupuestarias, regulan las modificaciones presupuestarias y establecen normas sobre personal, endeudamiento y subvenciones. Los anexos incluyen el estado de ingresos clasificado por capítulos económicos y otros documentos complementarios. La Ley 8/2025 para 2026 sigue esta estructura, adaptando su contenido a las necesidades del ejercicio.
Diferenciación clave. La Ley General de la Hacienda Pública establece el marco jurídico estable y permanente, mientras que la Ley de Presupuestos concreta anualmente los créditos y reglas aplicables. Esta distinción es fundamental: la primera define el sistema, y la segunda lo aplica a un ejercicio concreto. Por ejemplo, el TRLGHPJA regula los principios presupuestarios, mientras que la Ley de Presupuestos fija los límites de gasto para cada sección.
Competencias presupuestarias. El TRLGHPJA atribuye competencias específicas en materia presupuestaria. La Consejería de Hacienda es responsable de la elaboración del anteproyecto de ley del presupuesto, la administración de los derechos económicos y la ordenación de pagos. Las Consejerías elaboran sus propuestas de anteproyecto de gastos, administran sus créditos y autorizan el gasto de su competencia. Las agencias administrativas, como el SAS, tienen competencias similares en el ámbito de sus créditos presupuestarios.
Marco normativo. Las agencias administrativas en Andalucía se regulan principalmente por la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y por el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010. Estas normas establecen el régimen jurídico, económico-financiero y presupuestario aplicable a estas entidades, garantizando su integración en el sistema de gestión financiera autonómico.
Condición del SAS. El Servicio Andaluz de Salud (SAS) es una agencia administrativa adscrita a la Consejería competente en materia de sanidad. Su posición presupuestaria se define por su naturaleza jurídica, que le otorga autonomía de gestión dentro del marco establecido por la normativa autonómica. Esta adscripción implica que el SAS debe ajustar su actividad financiera a las directrices y controles aplicables a las agencias administrativas.
Elaboración presupuestaria. Las agencias administrativas, incluido el SAS, tienen la competencia de elaborar su anteproyecto de estado de gastos. Este documento forma parte del proceso de planificación presupuestaria anual y debe ser remitido a la Consejería de adscripción para su integración en el anteproyecto de ley de presupuestos de la Junta de Andalucía. La elaboración del anteproyecto es un paso esencial para garantizar la coherencia entre los objetivos institucionales y los recursos asignados.
Gestión de derechos económicos. Las agencias administrativas son responsables de administrar, gestionar y recaudar sus derechos económicos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Agencia Tributaria de Andalucía. Esta competencia incluye la gestión de ingresos propios, tasas y otros recursos financieros que puedan generarse en el ejercicio de sus funciones. La autonomía en esta materia permite a las agencias optimizar la gestión de sus recursos.
Aprobación de gastos. Las agencias administrativas pueden aprobar actos o negocios que impliquen gasto, aunque deben elevarlos al Consejo de Gobierno por conducto de la Consejería de adscripción cuando una norma exija autorización previa. Esta competencia está limitada por el principio de legalidad presupuestaria, que exige que todo gasto se ajuste a los créditos aprobados y a las normas vigentes.
Disposición y compromiso de gastos. Las agencias tienen la facultad de disponer y comprometer gastos, así como de contratar y reconocer obligaciones económicas. Estas competencias son fundamentales para la ejecución de sus programas y proyectos, siempre dentro de los límites establecidos por la normativa presupuestaria y los créditos asignados en la ley de presupuestos anual.
Ordenación de pagos. La ordenación de pagos es otra competencia clave de las agencias administrativas. Esta función implica la ejecución material de los pagos derivados de las obligaciones reconocidas, garantizando que los recursos se destinen a los fines previstos y en los plazos establecidos. La ordenación de pagos debe realizarse conforme a los principios de eficacia, eficiencia y transparencia.
Control y seguimiento. Las agencias administrativas están sujetas a los mismos mecanismos de control interno y externo que la Administración de la Junta de Andalucía. Esto incluye la rendición de cuentas, la fiscalización por parte de la Intervención General y el control parlamentario. El seguimiento de la ejecución presupuestaria es esencial para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales y la legalidad de las actuaciones.
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De opositor a opositor, Serafín.