Titulación mínima
Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio), ESO, FP1, Graduado Escolar, Bachiller elemental, Certificado de Estudios Primarios anterior al curso 1975-1976 o equivalente.
Título oficial del programa: La selección de personal temporal en el Servicio Andaluz de Salud. El Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad y la convocatoria sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud. Convocatoria del proceso de selección de personal temporal del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades Farmacia y Veterinaria.
Marco normativo autonómico. La selección de personal temporal en el Servicio Andaluz de Salud se regula principalmente mediante el Decreto 136/2001, de 12 de junio, modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre. Esta norma establece los sistemas de selección del personal estatutario y la provisión de plazas básicas vacantes en los centros sanitarios del SAS. Define los criterios generales de baremo y el marco dentro del cual se desarrollan los procesos de selección temporal, garantizando la transparencia y objetividad en la cobertura de necesidades asistenciales.
Instrumento negociado. El Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad es el instrumento clave que ordena el sistema de selección temporal. No se trata de una convocatoria aislada, sino de un acuerdo negociado entre la Administración Sanitaria de Andalucía-SAS y las organizaciones sindicales. Su función es establecer el marco común de selección: ámbito de aplicación, principios rectores, organización, instrumentos como la Bolsa Única y el Censo, reglas de participación, mecanismos de cobertura y control del funcionamiento del sistema.
Bolsa Única. El Pacto suscrito el 15 de diciembre de 2025 crea la Bolsa Única para puestos básicos en el SAS. Este sistema centraliza la selección de personal estatutario temporal, sustituyendo modelos anteriores y garantizando una gestión más eficiente y equitativa. La Bolsa Única se publica mediante Resolución y debe leerse junto con las correcciones de errores aparecidas en el BOJA, ya que los detalles rectificados forman parte del régimen aplicable. Su implementación es progresiva y convive temporalmente con el régimen transitorio del Pacto de 2017.
Órgano convocante. La Dirección General competente en materia de personal del SAS es el órgano encargado de convocar los procesos de selección temporal. Esta competencia se ejerce sin depender de la denominación coyuntural de la Consejería de adscripción, lo que garantiza la continuidad y estabilidad en la gestión de los procesos. La convocatoria se realiza conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, recogidos en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003).
Proceso de selección. La selección temporal se articula mediante un baremo de 200 puntos, que evalúa méritos profesionales, académicos y de experiencia. Este sistema permite ordenar a los candidatos en la Bolsa Única, facilitando la cobertura ágil de vacantes. La promoción interna temporal también está regulada dentro de este marco, permitiendo a los profesionales del SAS acceder a puestos de mayor responsabilidad de forma provisional. La resolución de convocatorias se publica en el BOJA, garantizando la transparencia y el acceso público a la información.
Régimen transitorio. Durante la transición hacia el nuevo modelo de Bolsa Única, se mantiene la aplicación del Pacto de Mesa Sectorial de 2017 para aquellos procesos no cubiertos por el sistema actualizado. Este régimen transitorio asegura la continuidad en la selección de personal temporal mientras se implementan plenamente las nuevas previsiones. La coexistencia de ambos sistemas está prevista hasta la constitución definitiva de las nuevas Bolsas, momento en el que el Pacto de 2025 será de aplicación exclusiva.
Publicidad y transparencia. Los procesos de selección temporal en el SAS se caracterizan por su publicidad y transparencia. Las convocatorias, resoluciones y correcciones de errores se publican en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), garantizando el acceso universal a la información. Además, el SAS facilita información institucional sobre los procesos en su portal web, incluyendo guías y documentación relevante para los candidatos. Este enfoque refuerza la confianza en el sistema y asegura el cumplimiento de los principios administrativos.
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Probar demo gratis con preguntas de este temaMarco normativo. El Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad se enmarca en la Ley 55/2003 (Estatuto Marco del personal estatutario), la Ley 2/1998 de Salud de Andalucía y el Decreto 140/2019, que regula la selección de personal temporal en el SAS. Este pacto desarrolla y concreta los principios de selección temporal establecidos en la normativa estatal y autonómica, adaptándolos a las necesidades específicas del Servicio Andaluz de Salud.
Objeto y ámbito. El Pacto de 15 de diciembre de 2025 tiene como objeto regular el sistema de provisión de plazas temporales y el sistema de selección de personal estatutario temporal en el SAS. Su ámbito de aplicación incluye todas las categorías profesionales, con especial atención a los puestos básicos, como los de Auxiliar Administrativo. Además, define conceptos clave como "bolsa de empleo temporal", "llamamiento" o "méritos específicos", que son esenciales para entender su funcionamiento.
Principios rectores. El pacto reafirma los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad, transparencia y celeridad, añadiendo el de proporcionalidad en la valoración de méritos. Estos principios garantizan que la selección de personal temporal se realice de manera objetiva y equitativa, evitando arbitrariedades y asegurando que los candidatos sean evaluados según criterios preestablecidos y públicos.
Bolsa Única. El Pacto de 2025 crea una Bolsa Única para puestos básicos en el SAS, centralizando y unificando los procesos de selección temporal. Esta bolsa agrupa a todos los candidatos que cumplen los requisitos para ocupar plazas temporales, ordenándolos según un baremo de 200 puntos que valora méritos académicos, experiencia profesional y formación complementaria. La inscripción en la bolsa se realiza a través de la plataforma bolSAS Empleo Única.
Fases del proceso. El sistema de selección se articula en dos grandes fases: constitución de la bolsa y activación de la bolsa. En la primera fase, los candidatos presentan su solicitud y documentación, que es baremada para establecer un orden de prelación. En la segunda fase, se realizan los llamamientos para cubrir plazas temporales, notificándose a los candidatos por correo electrónico y publicándose en el Portal de Transparencia del SAS.
Supuestos de cobertura temporal. El Pacto regula los supuestos en los que se pueden cubrir plazas temporales, que incluyen: sustitución de personal estatutario fijo o temporal, refuerzo de plantillas por aumento de actividad asistencial y cobertura de vacantes temporales. Estos supuestos permiten al SAS responder con flexibilidad a las necesidades cambiantes de personal, garantizando la continuidad del servicio sanitario.
Convocatoria de 2026. La Resolución de 23 de febrero de 2026 (BOJA núm. 39) es la convocatoria vigente para la constitución de bolsas de empleo temporal en puestos básicos. Esta resolución desarrolla las bases del Pacto de 2025, delimitando los ámbitos convocados y estableciendo los plazos y procedimientos para la inscripción y baremación de los candidatos. Las bolsas tienen una vigencia de 4 años, prorrogable por acuerdo de la Mesa Sectorial.
Objeto y marco normativo. La convocatoria del proceso de selección de personal temporal del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía (CSFIISS) regula la creación de una bolsa de empleo para cubrir necesidades temporales en las especialidades de Farmacia y Veterinaria. Su base legal es la Resolución de 21 de noviembre de 2016, publicada en el BOJA de 30 de noviembre de 2016, complementada por una corrección de errores del 2 de diciembre del mismo año. Este marco normativo establece los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen el proceso.
Naturaleza del cuerpo. El CSFIISS es un cuerpo de funcionarios de carrera de la Junta de Andalucía, encuadrado en el Subgrupo A1 según el Estatuto Básico del Empleado Público. Aunque sus miembros prestan servicios en centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud (SAS), su régimen jurídico es el de la función pública andaluza, no el del personal estatutario sanitario. Esta distinción es clave, ya que determina la normativa aplicable, los procedimientos de selección y la gestión de la cobertura temporal de plazas.
Especialidades y competencias. La convocatoria se limita a las especialidades de Farmacia y Veterinaria, cada una con funciones específicas. La especialidad de Farmacia abarca la gestión de medicamentos, farmacovigilancia, elaboración de fórmulas magistrales y control de calidad de productos farmacéuticos. Por su parte, la especialidad de Veterinaria se centra en áreas como la salud pública, la seguridad alimentaria y la inspección sanitaria. Estas competencias están reguladas por el Decreto 70/2008, que define la plantilla orgánica y las funciones del cuerpo.
Requisitos y baremo de méritos. Los aspirantes deben reunir los requisitos generales para acceder al Cuerpo A4, además de los específicos establecidos en las bases de la convocatoria. La selección se realiza mediante un baremo de méritos, donde se valoran aspectos como la experiencia profesional, la formación académica y otros méritos relevantes. La puntuación efectiva depende de la acreditación documental presentada, y no todos los méritos declarados en el autobaremo son automáticamente reconocidos.
Áreas específicas y puestos singulares. La convocatoria prevé la existencia de áreas específicas para puestos que requieren conocimientos o experiencia técnica singular. Estas áreas no se aplican de forma genérica, sino que están vinculadas a puestos formalmente definidos en las bases. Su finalidad es garantizar que la cobertura temporal se ajuste a las necesidades técnicas concretas de los centros asistenciales, evitando asignaciones basadas en criterios informales.
Órganos de gestión y control. El proceso de selección incluye órganos encargados de la gestión de la bolsa, el seguimiento de las incorporaciones y la resolución de incidencias. Estos órganos aseguran el cumplimiento de las bases y la transparencia en los llamamientos. Además, la convocatoria contempla mecanismos de reserva para personas con discapacidad, en los términos establecidos en las bases, promoviendo la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público temporal.
Diferencias con otros sistemas de selección. A diferencia del Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad, que regula la Bolsa Única para puestos básicos del personal estatutario temporal del SAS, esta convocatoria se centra en un cuerpo funcionarial especializado. No debe confundirse con las categorías ordinarias de personal estatutario, ya que su régimen jurídico, requisitos y procedimientos son distintos. Esta diferenciación es esencial para evitar errores en la aplicación de normativas o en la interpretación de las bases.
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Estos son los requisitos principales para Auxiliar Administrativo. OposAs resume los requisitos principales para orientarte; la convocatoria oficial vigente es siempre la referencia válida.
Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio), ESO, FP1, Graduado Escolar, Bachiller elemental, Certificado de Estudios Primarios anterior al curso 1975-1976 o equivalente.
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No hay una empresa detrás. Hay una persona que construyó desde cero una herramienta para que estudiar no se convierta en algo pesado, sino en un proceso más claro, practicable y llevadero.
De opositor a opositor, Serafín.